III
DISPOSITIVO
En razón de todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PUERTO CABELLO Y JUAN JOSE MORA DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, EXTENSIÓN PUERTO CABELLO, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, interpuesta por el ciudadano YAN CARLOS SALAZAR BURGOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-24.641.928 debidamente asistido por el abogado ROSSIEL HILDEMAR ZABALA PETIT, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 213.704 contra la ciudadana YUAMMI MARVAEZ FLORES venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-25.104.110; en consecuencia, SE DECLARA disuelto el vinculo matrimonial contraído en fecha veintiseis (26) de julio de año 2018 por ante la.....