Con fundamento a lo expuesto con anterioridad, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 250, y 251 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Decreta Medida Preventiva Privativa Judicial de Libertad a los ciudadanos: Luis Eduardo Peña Rivas, natural de Puerto Cabello, Estado Carabobo, fecha de nacimiento 14/12/1988, de 19 años de edad, estado civil: soltero, profesión u oficio: Obrero, hijo de Edicto Peña y Juana Rivas, residenciado en: Cerca de la Calle Principal Raúl Picado de Urama, vía Canoabo, Casa S/N, al lado del MERCAL BIGMAR, Estado Carabobo y Pedro Luís Rivas Ríos, natural de Valencia, estado Carabobo, fecha de nacimiento 08/04/1988, de 21 años de edad, estado civil: so.....