´En razón de todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, DECLARA: CONSUMADA LA PERENCIÓN ANUAL, en la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, interpuesta por la ciudadana QUEIMY INN AURIMAR CASTILLO SERRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.469.173, asistida por la abogada SANTA SUMOZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 180.956, en contra del ciudadano RAFAEL ENRIQUE CAMPELO ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-17.315.359. En consecuencia, QUEDA EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el presente proceso; por lo que de conformidad con el artículo 271 del Código de Procedimiento Civil, la presente solicitud no se podrá volver a proponer, sino hasta.....