JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.- Mariara, 29 de Junio de 2010
200° y 151°
Por recibida la anterior demanda junto con los recaudos que le acompañan, presentada por la ciudadana: YARITZA CAROLINA ARCILA SUÁREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 11.989.304, asistida por el abogado GUSTAVO FERNANDO OCHOA VÁSQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 94.820. Por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la ley; se ADMITE en cuanto ha lugar en derecho, la presente demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE PROMESA BILATERAL DE COMPRA VENTA, (Procedimiento Ordinario). Désele entrada y fórmese expediente, emplácese al demandado de auto ciudadano: JORGE ALBERTO ARCILA CLAVIER, venezolano, mayor de edad, titular de las Cédula de identidad Nº. V-2.670.280, domiciliado en la Urbanización La Isabelica, Sector 8, Vereda N° 09, Casa N° 2, de la Ciuda.....