Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y MARITIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
1. PRIMERO CON LUGAR la demanda de DIVORCIO, incoada por el ciudadano CARLOS JOSE DÍAZ ESCALANTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V 14.713.088, asistido por la abogada DALIA MARGARITA GONZALEZ MARES, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 101.021, contra la ciudadana CAROLINA MERCEDES PAZ MONZÓN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V.-14.754.136; y en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo civil de Matrimonio que los unió desde el día cuatro (04) de Abril de 2008, contraído ante el Registro Civil del Municipio Libertador del estado Carabobo, según se evidencia en acta de Matrimonio Nº 49, Tomo I, Año 2.....