DISPOSITIVA
En el presente caso se han cumplido los requisitos exigidos por el Artículo 185 del Código Civil concatenado con las Sentencia Nro. 1070, de fecha 09 de Diciembre del 2016, expediente Nro. 2016-0916, de carácter vinculante, todas emanadas de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, por lo que de acuerdo con la citada disposición y siendo la oportunidad legal, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de Divorcio interpuesta por los ciudadanos: LIZ VERONICA ARAUJO BAEZ y BARTOLINO JOSE ADARME BASTIDAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.891.306 y V-15.860.286 respectivamente, de este domicilio, debidamente asistidos por la abogada en ejer.....