Visto el CONVENIMIENTO efectuado por ante este Tribunal en fecha 02 de Febrero del 2006, por la ciudadana NIDIA RODRÍGUEZ DE MORENO, en su carácter de Directora Principal de Inversiones Niromic C.A asistida por el Abogado JOSE BENITO PERAZA, (Parte Demandante) y el ciudadano AUEUNELLY GUADAMOR, asistido por el Abogado RICARRDO ANTONIO TREMONT, (Parte demandante), en el presente juicio, el Tribunal le imparte su Homologación, téngase como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Archívese el expediente.