Con fundamento en la anteriores consideraciones, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUIN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO y se ordena a la Oficina Municipal de Registro Civil de la Parroquia Macarao, Municipio Libertador, Distrito Capital, a fin de que estampe la debida nota marginal en la partida de nacimiento de la ciudadana: ANA PABLA GONCALVEZ CORREA, que se encuentran inserta en el libro de Registro Civil de nacimientos anotada bajo el número 248, de fecha 20 de julio del año 1.961; que donde dice: me ha sido presentado en este despacho, una niña hembra por JULIO JOAQUÍN GONCALVEZ, quien dice ser su padre, casado, de veinte y seis años de edad, agricultor,(omisis)..... debe decir: me ha sido presentado en e.....