DISPOSITIVA
En virtud de las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de Nulidad interpuesta por la ciudadana PETRA DEL CARMEN HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° V-17.026.329 contra la Providencia Administrativa N° 00014-2024, de fecha 27 de Junio de 2024, expediente administrativo Nº 049-2023-01-00233 dictada por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Estado Carabobo.
SEGUNDO: En consecuencia, se CONFIRMA la Providencia Administrativa Nº 00014-2024 de fecha 27 de Junio de 2024, expediente administrativo Nº 049-2023-01-00233 que declaró CON LUGAR la solicitud de autorización de despido formulada por el CONDOMINIO DE RESIDENCIAS MAORI III contra la trab.....