DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con lugar la apelación ejercida por la parte actora, por lo que en consecuencia, queda revocada la declaratoria de desistimiento del procedimiento y terminación del proceso formulada en fecha 14 de abril de 2010 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo.
SEGUNDO: Se ordena al Juzgado de la causa fijar nueva oportunidad para la continuación de la Audiencia Preliminar.