Por todos y cada uno de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: INCOMPETENTE EN RAZON DE LA CUANTIA, para conocer de la presente demanda que por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, intentará la ciudadana IRIS MARLENE LEAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.492.745, y de este domicilio, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio MIGDALIA GONZALEZ ALVAREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 35.399; en contra del ciudadano JOSE PALMA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-2.396.821, y de este domicilio. SEGUNDO: DECLINAR la competencia a un JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDIC.....