Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, la Prescripción de la Acción opuesta por la parte demandada, SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por COBRO DE DIFERENCIA PRESTACIONES SOCIALES, incoare el ciudadano CURIEL SIVIRA JOSE MANUEL, titular de la cédula de identidad número V-7.940.399, contra las entidades de trabajo FLARUEDA, C.A. y TRACOLOR, C.A., ambas partes suficientemente identificadas en el cuerpo de la presente decisión.