DECISION
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Decreta MEDIDA JUDICIAL PREVENTIVA PRIVATIVA DE LIBERTAD en contra el imputado YERMIN JOEL BRAVO LUGO, titular de la Cedula de Identidad N° 17.250.909, en virtud de que estamos en presencia de la presunta comisión de un hecho punible que merece pena privativa de libertad sin estar evidentemente prescrito, como lo es, el delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal vigente, (Calificación Provisional), fundados elementos de convicción para estimar que el imputado ha sido autor o participe en la comisión del mismo, y de una presunción razonable del peligro de fuga por la eventual pena q.....