Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, deja así ejecutado el computo de la indicada sentencia, dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Función de control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, en fecha 7 de mayo del 2004.