Por las razones expresadas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
1. NO ACEPTA LA COMPETENCIA declinada por el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, para conocer del Recurso de Nulidad, interpuesto por la ciudadana la Abg. DANIELA YUSTY, titular de la cedula de identidad Nº V-18.640.693, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 151.413, en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana CLARA VARGA DE RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-13.270.604,
2. PLANTEA conflicto negativo de competencia ante la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia.
3. SE ORDENA remitir el presente expediente a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia.