DISPOSITIVA
Por todos los argumentos anteriormente señalados, esta Sala N° 01 de la Corte de Apelaciones Ordinaria, de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada DORIS CONTRERAS HERRERA, Defensora Pública Segunda (2a), con competencia en materia Penal Ordinario, adscrita a la Unidad Regional de Defensa Pública de esta entidad, a tenor de lo establecido en el encabezamiento del artículo 449 Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: se acuerda la NULIDAD, de la decisión dictada en el Juicio Oral y Público de fecha 28 de abril de 2025 y cuyo texto íntegro fue publicada en fecha 30 de abril de 2025, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, t.....