En mérito a las anteriores consideraciones, es por lo que este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: CON LUGAR LA RECUSACION, interpuesta por el ciudadano JUAN JOSE TOVAR DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.590.731, mediante su apoderado judicial RAFAEL PEREZ PADILLA, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 30.873, en contra del Abogado MANUEL ALEJANDRO URDANETA, en su condición de Juez Temporal del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Sede Puerto Cabello. SEGUNDO: Se ordena al ciudadano Juez Temporal recusado sirva remitir la causa signada bajo el N° JMS1-0171-16 (cuaderno de medidas) por PARTICION Y LIQUIDACION DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONY.....