AUTO. ADMISION DE DEMANDA A SUSTANCIACIÓN.
PROCEDIMIENTO ORDINARIO AGRARIO.
Vista la subsanación de la demanda presentada por la abogada Ana Hurí Bustos Rodríguez, Defensora Pública Primera en materia Agraria, adscrita a la Defensa Pública del Estado Carabobo, actuando en representación judicial del ciudadano Marco Tulio Hernández Delgado, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-2.683.653, domiciliado en el sector Los Mereyes, Caserío Canaposare, Municipio Libertador, del Estado Carabobo, en el presente asunto identificado con el Nº JAP-135-2009, contentivo de ACCIÓN POSESORIA AGRARIA POR DESPOJO, y vista la suficiencia en la identificación del terreno, este Tribunal de conformidad con lo establecido en los artículos 208 y 210 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, LA ADMITE A SUSTANCIACION POR EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO AGRARIO de acuerdo con los principios de oralidad, brevedad, concentración, inmediación y publicidad establecidos en los artículos 1.....