DE LA   HOMOLOGACIÓN
Este  tribunal  una  vez   oídas  las   exposiciones  de las  partes  de conformidad  con lo   previsto  en el  artículo  133 de la  ley   Orgánica  Procesal  del  Trabajo  da   por  concluido  el proceso  y  por  cuanto  el  mismo  no  vulnera  derechos  irrenunciables  del  trabajador demandante,  ni  normas  de  orden  público,  HOMOLOGA EL ACUERDO  DE LAS  PARTES  en  los  términos como  lo  establecieron,  dándole  efecto  de Cosa  Juzgada  y exhorta  a las  partes  a  dar   cumplimiento en los  términos  como  lo  establecieron.  De   esta  Acta  se  hacen  cuatro (4) ejemplares de un mismo  tenor  y  a un  solo  efecto,  déjese  copia  en  el  archivo.  Terminó, se leyó y  conformes  firman. En este  acto  se  entregan  las  pruebas  a las  partes.
LA  JUEZ
					El Secretario
ABOG.  
NORYS B.  GODOY VILLEGAS  	
ABOG. APODERADO DE LA  PARTE ACTORA
ABOG. APODERADO DE LA  PARTE DEMANDADA