Ahora bien, por cuanto han vencido los tres (03) días de despacho concedidos a la parte accionante para la requerida subsanación de la demanda (vale decir, 17, 18 y 20 de abril de 2012), sin que la haya realizado, es por lo que resulta forzoso para este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declarar inadmisible el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto contra la providencia administrativa de fecha 25 de noviembre de 2011 dictada por la Inspectoría del Trabajo "César Pipo Arteaga" del Estado Carabobo, mediante la cual se acuerda imponer, cada dos días, multas sucesivas, automáticas y acumulativas a BLINDADOS PANAMERICANOS, C.A., con ocasión del desacato de la providencia administrativa que le ordenó reenganchar y pagar salarios caídos al ciudadano DA.....