Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR, la petición formulada por la abogada de la víctima, sin embargo en virtud de la solicitud de audiencia realizada por la ciudadana Liliana Rampini Landaeta, este despacho a los fines de garantizar los derechos de rangos constitucional y legal de las partes acuerda fijar audiencia especial