DECISION
En orden a los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano PEDRO DOMINGO SIERRALTA, contra RUEDAS DE VENEZUELA,C.A ( RUDEVECA) , ambas partes suficientemente identificadas en el cuerpo del presente fallo.
En consecuencia se ordena a la demandada, RUEDAS DE VENEZUELA, C.A (RUDEVECA) C.A, a pagar al accionante la cantidad de SETENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.79.897, 00), discriminada así:
1.- La suma por la indemnización prevista en el artículo 130, ordinal 04 de La Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo aplicable para la resolución de la presente causa, la cantidad de: SESENTA Y CUATRO MIL OCHOSCIENTOS NOVENTA Y S.....