En merito de las anteriores consideraciones, esta Jueza Provisoria del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Puerto Cabello, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por el ciudadano JOSÉ MANUEL ARRIOJA PAVIQUE, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.360.306 y de este domicilio, quién alegó que contrajo Matrimonio Civil con la ciudadana NANDA LAUDY AVILA CUELLAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.390.983, ante el Registro Civil de la Parroquia Goaigoaza del Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo, en fecha 20 del mes de Noviembre del año 2009; en consecuencia, se DECLARA disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído ante la Oficina o Unidad de Re.....