DISPOSITIVA
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Extinguida la Instancia en la presente causa por haber vencido el lapso de PERENCION en la demanda por ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS, interpuesta por la ciudadana HILDA AGREDA G, INPREABOGADO No 78.877, de este domicilio, contra Entidad Mercantil Entidad Mercantil Asociación Cooperativa "EL FUTURO 3215, SRL, inscrita por ante el Registro Inmobiliario del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 27 de abril de 2005, anotada bajo el N° 48, folios del 293 al 303, Tomo 8,representada por los ciudadanos JOSE RAMON GARCI.....