Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara procedente la medida cautelar solicitada por PETROCASA, S.A. y, en consecuencia, se ordena la suspensión de los efectos de la providencia administrativa Nº 474/2010 de fecha 12 de noviembre 2010, dictada en el expediente administrativo Nº 028-2010-01-00346 por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Guacara, San Joaquín, Los Guayos y Diego Ibarra del Estado Carabobo, mediante la cual se declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por las ciudadanas Desiree Coromoto González Reyes y Erika Alejandra Maria González de Vivas, titulares de las cédulas de identidad números 10.801.942 y 12.159.552, respectivamente, hasta tanto se dicte la sente.....