declara CON LUGAR la presente solicitud de divorcio, formulada por los ciudadanos EDGAR ALFREDO REPILLOZA GONZÁLEZ y WILDA LISSETT OVALLES HERNÁNDEZ, identificados suficientemente en autos y en consecuencia, DISUELTO el vínculo que los unía desde el día 08 de abril de 1994, fecha en que contrajeron matrimonio civil por ante la Prefectura de la Parroquia General Rafael Urdaneta, Municipio Valencia del Estado Carabobo.