este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la querella funcionarial, incoada por el Abogado PABLO JOSÉ SANTANA BUENDÍA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 200.317, actuando en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano EMIL BAPTISTA BASAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- 25.521.586, contra la Resolución CDEC-167-2018, de fecha 04 de diciembre 2018, emanada del Consejo Disciplinario Policial del Estado Carabobo.