Por las razones de hecho y de derechos antes expuestos, este TRIBUNAL TERCERO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, NAGUANAGUA, SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la IMPUGNACIÓN invocada por el accionado respecto a la cuantía estimada en el libelo de demanda por parte de la actora.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda por NECESIDAD DE OCUPAR EL INMUEBLE intentado por la ciudadana FILOMENA DE PÉRGOLA FRINQUELLO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.144.010, asistida del abogado SALVATORE CHIARACANE, titular de la cedula de identidad Nro. V-24.644.007, e inscrito en el IPSA bajo el Nro. 52.143 en contra el ciudadano: JOSE PORFIRIO COLMENARES RAMIREZ, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.032.889, debidamente representado judicialmente.....