DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por la autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR la apelación formulada por los actores.
PARCIALMENTE CON LUGAR la acción incoada por los ciudadanos BERNARDO GRATEROL, JOSE ANIBAL MEDINA REY, JOSÉ LUIS GONZALEZ SUAREZ, ANGELO ENRIQUE NUÑEZ CESAR y LUIS FERNANDO PALENCIA CASTRO, contra la sociedad de comercio “ALIMENTOS HEINZ”, C.A.
Queda en éstos términos MODIFICADA la sentencia recurrida.
Se ordena experticia complementaria, la cual se realizará mediante un solo experto nombrado de común acuerdo por las partes y a falta de ello por el tribunal, a los fines de que determine:
• Intereses sobre la Prestación de Antigüedad, de conformidad con lo estipulado en el literal “C” del artículo 108 de la Ley Orgánica de.....