Conforme a lo expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, actuando en la competencia constitucional que tiene atribuida, declara IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada por la ciudadana JUDITH JOSEFINA VEGAS MORENO, cédula de identidad Nro. V-12.341.546, asistida por los abogados José Pinto Ojeda y Carmen Rosa Gamez, cédulas de identidad Nro. V-4.134.580 y V-4.229.423, inscritos en el Inpreabogado Nro. 22.255 y 16.264, respectivamente.