Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bejuma, Montalbán y Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, DECLARA, CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos: DANIS WILEYKA COLMENARES DELGADO y DANIEL YELAMO HERRERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. V-11.085.409 y V-7.539.793, números telefónicos 0412-1327544, 0426-6490814, correos electrónicos Daniscolmenares5@gmail.com y Danieyelamoh@gmail.com, respectivamente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185 del Código Civil, en concordancia con las Sentencias N° 1070, de fecha 9-12-2016, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia y N° 136, de fecha 30-03-2017, emanada de la Sala de casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia. En consec.....