En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por el ciudadano JUAN ALBERTO METACOS y ratificada por la ciudadana JULIA ELVIRA TORRES PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº(s) V-7.002.376 y V-6.450.930, respectivamente, a tenor de lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía, el cual contrajeron en fecha 25 de Junio de 1993, por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Rafael Urdaneta, Municipio Valencia, del estado Carabobo, Acta Nº 316, Tomo I del año 1993, con fundamento en el artículo 185-A del Código .....