Hoy, 22 DE JUNIO DE 2004, SIENDO LAS 12:00 .M., día y hora fijado para que tenga lugar la CONTINUACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, se deja expresa constancia DE QUE LA PARTE ACTORA JOSE FELIX REYES MENDEZ y RAMON ALEXIS FUENMAYOR CARRILLO titulares de la Cédula de Identidad Nros. 14.025.764 y 13.961.073, NO COMPARECIERON A LA REALIZACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno. Por lo que de conformidad, con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Luego de un lapso de espera de treinta (30) minutos, ¿CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO¿, Se deja constancia, que en nombre de la empresa demandada ORVEN DE VENEZUELA, C.A., compareció su apoderada judicial Abogada ADRIANA LOPEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.101.498. Es todo.