Por las razones antes expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR la demanda de DESALOJO intentada por la ciudadana ALIDA JOSEFINA VIELMA contra la ciudadana ZAIDA NAVARRO DE PACHECO.
Se declara sin lugar LA RECONVENCION propuesta por la ciudadana ZAIDA NAVARRO DE PACHECO, mediante su Apoderado Judicial.
1.-Se condena en costas a la parte demandante por haber resultado totalmente vencida.
Publíquese y déjese copia, notifíquese a las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los veintidós (22) días del mes Abril de 2008. Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.