II
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Carlos Arvelo administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: ÚNICO: LA PERENCIÓN y en consecuencia, extinguida la instancia conforme al encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, lo que origina la terminación del proceso iniciado por demanda de cumplimiento de contrato incoada por la ciudadana SORAYA ANDREINA TORRES CÁRDENAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-16.536.686, de este domicilio, debidamente asistida por el abogado en ejercicio SEGUNDO MILANO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 35.066 contra el ciudadano HUGO ANTONIO SANTANA.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo, en concordancia con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Noti.....