éste Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos de terceros, RESUELVE: Declarar suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los ciudadanos JESUS ARLEY NATERA SANTAMARIA, VICTOR ALEXANDER NATERA SANTAMARIA, ALEIDY MARYVI NATERA SANTAMARIA, MARIA ALEXANDRA NATERA SANTAMARIA, YOEL EUGENIO NATERA SANTAMARIA, YULCUNY DARINES NATERA SANTAMARIA Y JOSE ANTONIO NATERA SANTAMARIA en su carácter de (hijos), supra identificados, en la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de VICTOR JOSE NATERA RUIZ.