REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
VALENCIA, 22 DE FEBRERO DE 2017
206º y 157º

Vista la anterior Solicitud Presentada por la ciudadana DORALY BEATRIZ PIÑA MORENO, Venezolana, mayor de edad Titular de la cédula de identidad Nro. V-8.514.693, actuando en su propio nombre y representación del ciudadano RICARDO JOSE GIMENEZ RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-9.643.838, debidamente asistido por el abogado ALFREDO MAGNO CARPIO CARVAJAL, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el Nro. 19.303, en la cual pide se le declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de su común causante RICARDO JOSE GIMENEZ PIÑA, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.856.501, quien falleciera ab-intestato en fecha 19 de Julio de 2016. Vistas igualmente las declaraciones contestes de los testigos, en un todo conforme con el contenido del interrogatorio cursante en autos, éste Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos de terceros, RESUELVE: Declarar suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los ciudadanos DORALY BEATRIZ PIÑA MORENO y RICARDO JOSE GIMENEZ RUIZ en su carácter de (padres), supra identificados, en la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de RICARDO JOSE GIMENEZ PIÑA. Expídase copias fotostáticas certificadas de la presente solicitud. Devuélvanse originales con sus resultas.-
LA JUEZA PROVISORIA,

ABOG. LIGIA RODRIGUEZ SALAZAR
LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABG. AURELIA RUBIRA PINTO
En la misma fecha se devuelve constante de ______________ (_____) FOLIOS UTILES.-
LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABG. AURELIA RUBIRA PINTO

SOLICITUD No. 6733
LRS//mp