DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas y con fundamento en las referidas normas adjetivas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 164, 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación propuesto por la parte accionante recurrente, contra la decisión proferida por el Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación, Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la Decisión de fecha 22 de Julio de 2015, dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de de Sustanciación, Mediación, Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Remítase el presente expediente al Juzgado .....