En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO; Administrando Justicia, emanada de los Ciudadanos y Ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento intentada por el Ciudadano SALVADOR ERNESTO GUTIERREZ GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, identificado con la Cédula de Identidad N° V-392.676 y de este domicilio, asistido por el Abogado JUAN OSWALDO LINARES TOCHEZ, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 56.362. SEGUNDO: Se ORDENA la rectificación del Acta de Nacimiento, signada con el Nº 2.018, Tomo 04, del Año 1953, inserta en los Libros de Nacimiento llevados por ante la Prefectura del Municipio Candelaria, Distrito Valencia del estado Carabobo, hoy en .....