Se publicó el auto motivado de la Audiencia Preliminar en el que se ADMITE la Acusación por el delito de ABUSO SEXUAL A NIÑOS AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, así como también declara la pertinencia de las pruebas ofrecidas por la Fiscalía y la Defensa, por ser idóneas, necesarias y pertinentes, salvo las consideraciones arriba señaladas. Se admite la Comunidad de Pruebas. 2º.) Asimismo, este Tribunal de Control N°.10, ORDENA EL ENJUICIAMIENTO del Acusado JESÚS RAMÓN QUINTERO y la Apertura del correspondiente Juicio Oral y Público. 3°) Con relación a la Medida Cautelar Sustitutiva solicitada por la Representante fiscal, este Juzgador considera que se encuentran llenos los extremos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, pero que los fines del proceso penal pueden ser satisfechos con una medida menos gravosa que asegure la presencia del imputado durante el mismo y en consecuencia, decreta .....