Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: INADMISIBLE la demanda por ESTIMACIÓN E INTIMACION DE HONORARIOS JUDICIALES Y EXTRAJUDICIALES, incoada por la abogada MORAIMA CAROLINA SILVA, actuando en su propio nombre y representación, contra los ciudadanos LUIS ALEJANDRO VALERO MONSALVE y AMADA VALERO MONSALVE.- SEGUNDO: LA NULIDAD del auto de admisión de la demanda, dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 25 de enero de 2011, y demás actuaciones subsiguientes.
No existe condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo.
Líbrese Oficio al Juzgado "a-quo" informándole sobre las resultas del presente fallo.
PUBLIQUE.....