"...SE ORDENA PRIMERO: El levantamiento de la Medida decretada en fecha 04 de Abril de 2011, hasta cubrir la cantidad de UN MILLON SIETE MIL NOVENTA Y DOS CON SETENTA BOLÍVARES (Bs. 1.007.092,70) que comprende el doble de la cantidad demandada, la cual es de QUINIENTOS TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS BOLÍVARES CON TREINTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs. 503.546,35) por el concepto de deuda, intereses y honorarios, la cantidad de CIENTO CINCUENTA Y UN MIL SESENTA Y TRES BOLÍVARES CON NOVENTA CÉNTIMOS (Bs. 151.063,90) por el concepto de las costas, incluidas en estas los honorarios de abogados que fueron calculados en la cantidad de CIENTO VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS BOLIVARES CON CINCUENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs. 125.886,58), y en caso de embargarse cantidades liquidas de dinero, el embargo será hasta cubrir la cantidad de SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS DIEZ BOLIVARES CON VEINTICINCO CENTIMOS (Bs.654.610,25). SEGUNDO: Se ordena como consecuencia al levantamiento de.....