Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, deja ejecutado el computo de la sentencia, dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, en fecha .23 de abril del 2004 en contra del penado JUAN CARLOS SARMIENTO, exhortando al mismo a trabajar y estudiar a los fines de redimir la pena solo podrá solicitar las medidas alternas al cumplimiento de la pena luego de haber estado privado de libertad por un tiempo no inferior a la mitad de la pena impuesta, es decir , a partir del DIA 27-05-05, cuando haya cumplido 1 año, 4 meses y un día Todo ello de conformidad con lo establecido en el articulo 493 del Código Orgánico Procesal Penal
Dada, firmada y sellada en el Tribunal de Ejecución a los VEINTE días del mes de MAYO del dos mil cuatro (2004). Líbrese boleta de traslado .....