Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL SEPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA, Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho declara:
PRIMERO: La CONFESION FICTA del ciudadano GERALDO JOSE CALDERA ALBORNOZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-16.579.681, parte demandada en la causa.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoada por la ciudadana FRANCIA ELENA TORRES OCAMPO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-14.846.161, en su carácter de ADMINISTRADORA de la Junta de Condominio CONJUNTO RESIDENCIAL SENDEROS DE SAN DIEGO, cuyo documento de condominio se encuentra registrado por ante la Oficina de Registro público de los Municipios Naguanagua y San Diego del estado Carabobo, .....