1. Se ADMITE PROVISIONALMENTE, el Recurso Contencioso Tributario conjuntamente con Amparo Constitucional Cautelar, interpuesto por el abogado Francisco Gustavo Amoni Velásquez, titular de la cédula de identidad N° V-4.596.507, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 31.156, actuando como apoderado judicial de la Sociedad Mercantil FABRICA DE PASTAS ALLEGRI, C.A., representación que se desprende según documento de sustitución de Poder autenticado por ante la Notaría Pública de la Victoria del estado Aragua, en fecha 20 de febrero de 2025, asentado bajo el N° 48, tomo 4, folios 153 al 155. Inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, en fecha 03 de julio de 1970, asentada bajo el N° 35, Tomo 61-A, e inscrita en el Registro de Información Fiscal (RIF) bajo el N° J-00070225-0; con domicilio en la Zona Industrial Soco, calle Nueva Norte, galpón N° L-13, Municipio José Félix Ribas, estado Aragua, c.....