Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, el recurso de apelación ejercido por las codemandadas "ASERCA EXPRESS ASEX", C.A, "ASSA HOLDING" C.A, "SUPER AUTOS CARABOBO" y "ASERCA AIRLINES" C.A.
Queda en estos términos REVOCADO el auto dictado por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial.
Se ordena remitir el expediente al Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los fines de que se ordene la apertura de la cuenta corriente a nombre del actor a los fines de que se consignen los montos condenados en la sentencia que ha quedado firme.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la.....