Declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado SALVADOR TROM PETIT, debidamente inscrito por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la Matricula 49.445, con el carácter de apoderado judicial del Ciudadano JOSE MANUEL ALVARADO. Y así se decide.
REVOCA la sentencia dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, en fecha 09-agosto-2006, que declaró desistido el procedimiento y terminado el proceso, e impugnada mediante recurso de apelación; Y así se decide.
Ordena la realización de nueva Audiencia Preliminar para la cual el Juez Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución deberá fijar una nueva oportunidad en cuanto al día y la hora en que esta deba realizarse, una vez que reciba el presente asunto. Y así se decide.
Se ordena remitir el presente a.....