DISPOSITIVA
En el presente caso se han cumplido los requisitos exigidos por el Artículo 185 del Código Civil, por lo que de acuerdo con la citada disposición y siendo la oportunidad legal, este Tribunal Sexto De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas De Los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua Y San Diego De La Circunscripción Judicial Del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente Solicitud formulada por el ciudadano DAVID FERNANDO CASTELLANOS NAVARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.-7.123.509, debidamente asistido por el abogado en ejercicio DANIEL ANTONIO ROJAS SOSA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.-7.128.519 e inscrito en el IPSA bajo el N° 93.539, en consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que lo unía con la ciudadana MARY JACQUELINE JIMENEZ, venezolana, mayor de edad.....