JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. Mariara, 18 de Junio de 2013
203º y 154º
Vista la anterior Solicitud, presentada en fecha 06 de Junio de 2013, por la Ciudadana: CASTELLANOS DE VIVAS ALBERTA ALVEIDA, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 344.777, en representación de mis hijos: VIVAS CASTELLANOS PILAR JOSEFINA, VIVAS CASTELLANOS MAURY MARGARITA, VIVAS CASTELLANOS ALVEIDA DEL VALLE, VIVAS NIEVES JOSE MANUEL, VIVAS CASTELLANOS NORMAN JOSE, VIVAS CASTELLANOS ABEL ENRIQUE Y VIVAS CASTELLANOS HUMBERTO SILVIO, titulares de las cedulas de identidad Nº V-7.183.442, V-7.259.227, V-11.985.584, V-5.263.853, V-9.691.008, V-7.223.357 Y V-5.263.852 Asistidos por el abogado en el ejercicio: MARQUEZ ALZUALDEZ ROMMEL ANTONIO, inscrito en el Inpreabogado, bajo el Nº 201.328, contentiva de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS PARA PERPETUA MEMORIA (UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS). Désele entrada y fórmese expediente, asígnes.....