REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA
JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. Mariara, 18 de Junio de 2013
203º y 154º
Vista la anterior Solicitud, presentada en fecha 11 de Junio de 2013, por el Ciudadano: LUGO MENDOZA AMABILES DEL CARMEN, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 9.824.547, en representación de mis hermanos: LEON AGUIAR LIDIA YAJAIRA, LEON AGUIAR MIRNA YOLANDA, LEON AGUIAR LUIS ENRIQUE Y LEON AGUIAR LISBETH DEL CARMEN, titulares de las cedulas de identidad Nº V-6.167, V-5.613.280, V-6.170.097 Y V-5.613.279, Asistidos por la abogada en el ejercicio: ROSALBA CASTILLO TOLOZA, inscrito en el Inpreabogado, bajo el Nº 151.979, contentiva de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS PARA PERPETUA MEMORIA (UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS). Désele entrada y fórmese expediente, asígnesele número, háganse las anotaciones en los libros respectivos. Y por cuanto la misma no es contraria a derecho ni a ninguna disposición contraría de la ley, SE ADMITE, cuanto a lugar en derecho. Con relación a los testigos, éstos se declararán en el momento oportuno que la parte así los presenten.
EL JUEZ TITULAR
Dr. ANGEL LEONARDO ANSART
El Secretario Titular
Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se le dio entrada bajo el Nº 4278-13.
El Secretario Titular
Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA
SOL. N° 4278-13
ALA/JPPT/Oswaldo